HOGAR

Quien paga los gastos de notaria en una compra venta

Análisis, Comparativas y Recomendaciones

En España, los gastos de notaría en una compraventa de inmueble pueden generar dudas. Aunque la ley establece una distribución general, las partes pueden pactar libremente cómo asumirlos. Este artículo explica qué dice la normativa y cómo se reparten habitualmente.

Paga los gastos de otorgamiento de la escritura, es decir, la redacción y firma del documento original ante notario. Asume los gastos de la primera copia de la escritura y las posteriores, necesarias para inscribir la propiedad en el Registro y realizar gestiones. Esta distribución se basa en el artículo 1455 del Código Civil, pero puede modificarse por acuerdo entre las partes.

Las partes pueden acordar un reparto diferente. Es habitual que el comprador asuma todos los gastos, excepto la plusvalía municipal, que suele pagar el vendedor.

Desde la Ley 5/2019, el banco paga los gastos notariales de la escritura del préstamo hipotecario. El comprador paga la tasación y las copias. Los herederos pagan los gastos de notaría por la escritura de aceptación. Navarra y Cataluña tienen normativas propias que pueden modificar el reparto.

Antes de firmar, deja constancia por escrito del reparto de gastos en el contrato de arras o en la propia escritura. Así evitarás sorpresas y malentendidos.

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